viernes, 18 de septiembre de 2015

Requisitos y Características del Contrato de Trabajo

 Requisitos:

- El carácter personalísimo de la relación laboral en la persona del trabajador, implica que este no puede ser sustituido en dicha relación.

- El carácter remunerado implica la necesidad de contraprestación económica; para que exista contrato de trabajo debe existir remuneración.

- El carácter dependiente implica que la prestación personal y voluntaria del trabajador se realiza bajo la organización y dirección del empresario.

- La ajeneidad implica que la propiedad, la responsabilidad y los riesgos revierten en el empresario.

Características del contrato de trabajo:

- Es un negocio jurídico bilateral. Procede de dos partes, obligaciones para ambos contratantes-recíprocas-.

- Es consensual. Consentimiento de las partes.

- Es sinalagmático o regido por el principio de reciprocidad. Las dos partes quedan obligadas a realizar prestaciones recíprocas.

- Es oneroso y no gratuito. Los dos obtienen ventajas.

- Es conmutativo. Hay equivalencia entre las prestaciones.

- Es de ejecución continuada. La prestación se realiza sin interrupción.

- Es principal. Su naturaleza es independiente y no preparatoria de ningún otro.

- Es de naturaleza personal en su realización y patrimonial en su contenido.

- Es típico y normado. Se somete a la regulación estatal y colectiva legal.

- Es Causal.

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